Ley [CCom]
Artículo 1124 de Código De Comercio
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Quinto TÍTULO Primero CAPÍTULO VIII
Artículo 1124 .- Existe conexidad de causas cuando haya:
- Identidad de personas y acciones, aunque las cosas sean distintas;
- Identidad de personas y de cosas, aunque las acciones sean distintas;
- Acciones que provengan de una misma causa, aunque sean diversas las personas y las cosas, e
- Identidad de acciones y de cosas, aunque las personas sean distintas.
Artículo reformado DOF