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Ley Federal De Correduría Pública (105)
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Ley Federal De Correduría Pública
Relación normativa
Reglamentos vinculados
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Resumen de la ley
La Ley Federal De Correduría Pública regula la función del corredor público en México. Establece cómo se habilita a una persona para ejercer esa función, qué servicios puede prestar, cuáles son sus obligaciones, qué instrumentos puede autorizar y qué prohibiciones debe respetar. También regula la intervención de la Secretaría de Economía, los colegios de corredores, el archivo de pólizas y actas, y las sanciones por incumplir la ley. Es relevante para operaciones mercantiles, valuaciones, fe pública mercantil, mediación comercial y asesoría jurídica especializada en comercio.
Lo esencial
Qué regula
- La habilitación, exámenes, requisitos y ejercicio profesional de los corredores públicos.
- Las funciones del corredor como agente mediador, perito valuador, asesor jurídico, árbitro y fedatario público mercantil.
- Las plazas en que los corredores pueden ejercer y los límites territoriales de su actuación como fedatarios.
- La formación, archivo y registro de pólizas y actas.
- Las obligaciones de imparcialidad, secreto profesional, conservación documental y prestación del servicio.
- Las prohibiciones aplicables a los corredores públicos y a quienes no estén habilitados.
- Los colegios de corredores y su intervención en la guarda de libros o archivos.
- Las sanciones de amonestación, multa, suspensión y cancelación de la habilitación.
A quién aplica
- Personas habilitadas como corredores públicos.
- Aspirantes a corredor público que busquen presentar exámenes y obtener habilitación.
- Secretaría de Economía, como autoridad responsable de aplicar la ley.
- Colegios de corredores públicos de las entidades federativas.
- Personas físicas y morales que solicitan servicios de correduría pública.
- Comerciantes, sociedades mercantiles y participantes en actos, convenios o contratos mercantiles.
- Jurados de examen integrados para evaluar aspirantes.
- Autoridades y particulares que reciben pólizas, actas, avalúos o dictámenes emitidos por corredores.
Materias principales
- Fe pública mercantil.
- Mediación, asesoría jurídica y arbitraje comercial.
- Peritajes y valuaciones.
- Habilitación profesional y exámenes de corredor público.
- Instrumentos públicos: pólizas, actas y registros.
- Archivo documental y libros de registro.
- Colegios de corredores.
- Prohibiciones, responsabilidades y sanciones.
Derechos principales
- Derecho de los usuarios a recibir información clara sobre honorarios y gastos aproximados antes de contratar servicios.
- Derecho de los interesados a contar con instrumentos mercantiles autorizados por una persona habilitada.
- Derecho de los aspirantes a presentar exámenes conforme a las reglas de la ley.
- Derecho de los clientes a que el corredor observe secreto profesional.
- Derecho a que las pólizas y actas se conserven en archivo y registro.
- Derecho a que el corredor actúe con imparcialidad y dentro de sus funciones legales.
Aplicación práctica
Obligaciones principales
- La Secretaría debe aplicar la ley, habilitar corredores y vigilar la función.
- El corredor debe prestar servicios cuando legalmente proceda, salvo excusa permitida.
- El corredor debe informar honorarios y gastos aproximados antes de prestar servicios.
- El corredor debe conservar archivo de pólizas y actas y llevar libro de registro.
- El corredor debe guardar secreto profesional y actuar con imparcialidad.
- El corredor debe abstenerse de ejercer funciones prohibidas por la ley.
- Los colegios deben cumplir funciones de organización, apoyo y guarda documental cuando corresponda.
Trámites, procedimientos o acciones relacionadas
- Solicitud y presentación de exámenes para aspirantes a corredor público.
- Habilitación para ejercer como corredor público.
- Inicio de funciones del corredor una vez habilitado.
- Elaboración de pólizas y actas.
- Registro y archivo de instrumentos autorizados.
- Entrega de libros y archivos cuando un corredor deja de ejercer.
- Procedimiento sancionador por incumplimientos.
- Publicación de resoluciones de suspensión o cancelación.
Sanciones o consecuencias
- Multa por ostentarse como corredor público sin habilitación.
- Amonestación por infracciones a la ley o su reglamento.
- Multa al corredor público por incumplimientos.
- Suspensión temporal de la habilitación.
- Cancelación definitiva de la habilitación.
- Publicación de resoluciones de suspensión o cancelación.
- Posible responsabilidad penal cuando la conducta lo amerite.
Definiciones importantes
| Concepto | Significado en la ley |
|---|---|
| Corredor público | Persona habilitada por la Secretaría para ejercer las funciones previstas por la ley. |
| Plaza | Circunscripción territorial en la que se habilita al corredor público. |
| Póliza | Instrumento redactado por el corredor para hacer constar actos jurídicos, convenios o contratos mercantiles en los que puede intervenir como fedatario. |
| Acta | Instrumento en que el corredor hace constar hechos, cotejos, notificaciones, interpelaciones u otras actuaciones permitidas por la ley. |
| Libro de registro | Libro especial en el que el corredor asienta extractos de las pólizas en orden progresivo. |
| Archivo de pólizas y actas | Conjunto documental que el corredor debe formar y conservar diariamente. |
| Secretaría | Secretaría de Economía, autoridad encargada de aplicar la ley. |
| Colegio de corredores | Agrupación establecida en entidades con tres o más corredores, con funciones de representación y guarda documental. |
| Habilitación | Autorización administrativa para ejercer como corredor público. |
| Fedatario público | Función del corredor para hacer constar actos mercantiles en términos de la ley. |
Explora a detalle
Artículos clave
| Artículo | Por qué importa |
|---|---|
| 1o | Define el objeto de la ley: regular la función del corredor público. |
| 2o | Señala que la Secretaría de Economía aplica la ley. |
| 3o | Enumera atribuciones de la Secretaría. |
| 5o | Delimita la actuación territorial del corredor como fedatario. |
| 6o | Establece las funciones sustantivas del corredor público. |
| 8o | Fija requisitos para ser corredor. |
| 12 | Regula requisitos previos al inicio de funciones. |
| 15 | Contiene obligaciones centrales del corredor. |
| 18 | Define la póliza como instrumento de fe pública mercantil. |
| 19 | Regula requisitos de pólizas y actas. |
| 20 | Enumera prohibiciones del corredor. |
| 21 | Establece sanciones por incumplimiento. |
Mapa de temas
| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
|---|---|---|
| Objeto y autoridad competente | 1o a 3o | Ubicar el alcance de la ley y las atribuciones de la Secretaría de Economía. |
| Plazas y ámbito territorial | 4o y 5o | Saber dónde puede ejercer el corredor y cuáles son sus límites como fedatario. |
| Funciones del corredor | 6o | Identificar servicios de mediación, valuación, asesoría, arbitraje y fe pública mercantil. |
| Requisitos y exámenes | 7o a 12 | Revisar cómo se obtiene la habilitación. |
| Obligaciones y honorarios | 13 a 16 | Conocer deberes de actuación, costos y manejo documental. |
| Pólizas y actas | 18 y 19 | Entender los instrumentos que puede emitir el corredor. |
| Prohibiciones | 20 | Identificar conductas vedadas para preservar imparcialidad y legalidad. |
| Sanciones | 21 y 22 | Ver consecuencias por incumplir la ley. |
| Colegios de corredores | 23 | Entender la organización gremial y funciones de guarda o apoyo. |
Plazos importantes
- El libro de registro debe formarse por volúmenes de doscientas cincuenta hojas foliadas.
- La multa por ostentarse indebidamente como corredor puede imponerse diariamente mientras persista la infracción.
- Antes de iniciar funciones, la persona habilitada debe cumplir los requisitos del artículo 12.
- El archivo y registro de pólizas y actas debe formarse diariamente, por orden de fecha y numeración progresiva.
- Las resoluciones que suspenden o cancelan habilitaciones deben publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en la gaceta o periódico oficial de la entidad respectiva.
Preguntas frecuentes
¿De qué trata la Ley Federal De Correduría Pública?
Regula quién puede ejercer como corredor público y qué funciones puede desempeñar. También establece obligaciones, prohibiciones, instrumentos, organización profesional y sanciones.
¿En qué casos puedo usar esta ley?
Puedes usarla para revisar servicios de fe pública mercantil, valuaciones, mediación comercial, asesoría jurídica mercantil o requisitos para ser corredor público. También sirve para identificar si una actuación de un corredor está permitida.
¿Qué hace un corredor público?
Puede intervenir como mediador, perito valuador, asesor jurídico, árbitro y fedatario público en actos mercantiles. Sus funciones están delimitadas por el artículo 6o.
¿Quién habilita a los corredores públicos?
La Secretaría de Economía es la autoridad encargada de aplicar la ley y habilitar corredores públicos. Los aspirantes deben cumplir requisitos y presentar exámenes.
¿Qué pasa si un corredor incumple la ley?
Puede recibir amonestación, multa, suspensión o cancelación de la habilitación. Además, ciertas conductas pueden generar responsabilidad penal.
Índice de artículos
Ley Federal De Correduría Pública
28 artículos disponibles en 105.
- Artículo 1o
- Artículo 2o
- Artículo 3o
- Artículo 4o
- Artículo 5o
- Artículo 6o
- Artículo 7o
- Artículo 8o
- Artículo 9o
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
- Artículo 22
- Artículo 23
- Artículo primero
- Artículo segundo
- Artículo tercero
- Artículo cuarto
- Artículo quinto
LEY FEDERAL DE CORREDURÍA PÚBLICA
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1992
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 09-04-2012