Ley [105]

Artículo 13 de Ley Federal De Correduría Pública

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Artículo 13.- El corredor público sólo podrá excusarse de actuar en caso de existir prohibición legal, así como en días festivos y feriados u horas inhábiles, o cuando los interesados no le anticipen los gastos necesarios.

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Ley Federal De Correduría Pública (105)

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