Ley [LAEM]

Articulo 12

Ley Que Crea La Agencia Espacial Mexicana

Artículo 12. El Director General es el responsable de la conducción, administración y buena marcha de la Agencia, y tendrá las siguientes facultades:

  1. Elaborar el Programa Nacional de Actividades Espaciales y someterlo a la aprobación de la Junta de Gobierno;
  2. Celebrar y otorgar toda clase de actos y documentos inherentes a su objeto;
  3. Ejercer las más amplias facultades de dominio, administración y pleitos y cobranzas, aun de aquellas que requieran de autorización especial, según otras disposiciones legales o reglamentarias con apego a la Ley;
  4. Emitir, avalar y negociar títulos de crédito;
  5. Formular querellas y otorgar perdón;
  6. Ejercitar y desistirse de acciones judiciales, inclusive del juicio de amparo;
  7. Comprometer asuntos en arbitraje y celebrar transacciones;
  8. Otorgar poderes generales y especiales con las facultades que le competan, entre ellas las que requieran autorización o cláusula especial;
  9. Informar a la Junta de Gobierno respecto a sus actividades;
  10. Elaborar el proyecto de Reglamento Interno, Estatuto Orgánico, el Manual de Organización General, los de Procedimientos y de Servicios al Público de la Agencia.
  11. Sustituir y revocar poderes generales o especiales;
  12. Dar seguimiento y cumplimiento a los acuerdos de la Junta de Gobierno, y
  13. Las demás que le señalen el Estatuto Orgánico, la y otros ordenamientos.
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