Ley [LAEM]
Articulo 12
Ley Que Crea La Agencia Espacial Mexicana
Artículo 12. El Director General es el responsable de la conducción, administración y buena marcha de la Agencia, y tendrá las siguientes facultades:
- Elaborar el Programa Nacional de Actividades Espaciales y someterlo a la aprobación de la Junta de Gobierno;
- Celebrar y otorgar toda clase de actos y documentos inherentes a su objeto;
- Ejercer las más amplias facultades de dominio, administración y pleitos y cobranzas, aun de aquellas que requieran de autorización especial, según otras disposiciones legales o reglamentarias con apego a la Ley;
- Emitir, avalar y negociar títulos de crédito;
- Formular querellas y otorgar perdón;
- Ejercitar y desistirse de acciones judiciales, inclusive del juicio de amparo;
- Comprometer asuntos en arbitraje y celebrar transacciones;
- Otorgar poderes generales y especiales con las facultades que le competan, entre ellas las que requieran autorización o cláusula especial;
- Informar a la Junta de Gobierno respecto a sus actividades;
- Elaborar el proyecto de Reglamento Interno, Estatuto Orgánico, el Manual de Organización General, los de Procedimientos y de Servicios al Público de la Agencia.
- Sustituir y revocar poderes generales o especiales;
- Dar seguimiento y cumplimiento a los acuerdos de la Junta de Gobierno, y
- Las demás que le señalen el Estatuto Orgánico, la y otros ordenamientos.