Ley [LCEC_120419]
Artículo 36 de Ley De Cámaras Empresariales Y Sus Confederaciones
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 36.- La liquidación estará a cargo de al menos un representante de la Secretaría, uno de la Confederación respectiva y otro de la Cámara de que se trate.