Ley [LCJPJF]

Artículo 70 de Ley De Carrera Judicial Del Poder Judicial De La Federación

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 70. Cursos

La Escuela Judicial podrá llevar a cabo cursos de preparación para los concursos correspondientes a las distintas categorías que componen la Carrera Judicial.

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