Ley [LDCMPME]

Articulo 10

Ley Para El Desarrollo De La Competitividad De La Micro, Pequeña Y Mediana Empresa

Artículo 10.- La planeación y ejecución de las políticas y acciones de fomento para la competitividad de las MIPYMES debe atender los siguientes criterios:

  1. Propiciar la participación y toma de decisiones de las Entidades Federativas, de los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en un marco de federalismo económico;

    Fracción reformada DOF

  2. Procurar esquemas de apoyo a las MIPYMES a través de la concurrencia de recursos de la Federación, de las Entidades Federativas, de los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como de los Sectores.

    Fracción reformada DOF

  3. Enfocar los esfuerzos de acuerdo con las necesidades, el potencial y las vocaciones regionales, estatales y municipales, atendiendo la perspectiva de género e impulsando en todo momento la igualdad entre mujeres y hombres;

    Fracción reformada DOF

  4. Contener objetivos a corto, mediano y largo plazo;
  5. Contener propuestas de mejora y simplificación normativa en materia de desarrollo y apoyo a las MIPYMES;
  6. Enfocar estrategias y proyectos de modernización, innovación y desarrollo tecnológico para las MIPYMES;
  7. Propiciar nuevos instrumentos de apoyo a las MIPYMES considerando las tendencias internacionales de los países con los que México tenga mayor interacción;
  8. Contar con mecanismos de medición de avances para evaluar el impacto de las políticas de apoyo a las MIPYMES;

    Fracción reformada DOF

  9. Promover que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y sus delegaciones en las Entidades Federativas realicen la planeación de sus adquisiciones de bienes, contratación de servicios y realización de obra pública para destinarlas a las MIPYMES de manera gradual, hasta alcanzar un mínimo del 35%, conforme a la normativa aplicable, y

    Fracción reformada DOF ,

  10. Fomentar la inserción de las actividades productivas y servicios de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas a nivel regional, estatal y municipal.

    Fracción adicionada DOF

Con el objeto de lograr la coordinación efectiva de los Programas de fomento a las MIPYMES y lograr una mayor efectividad en la aplicación de los recursos, en las Entidades Federativas donde exista el Consejo Estatal, todos los convenios serán firmados por el gobierno estatal o de la Ciudad de México, en donde no existan, la Secretaría podrá firmar los convenios de manera directa con los Municipios, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los Sectores.

Párrafo reformado DOF

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