Artículo 21.- El domicilio del Consejo será en la Ciudad de México y sesionará en las instalaciones de la Secretaría, siempre que éste no acuerde una sede alterna.
Artículo reformado DOF
Ley [LDCMPME]
Artículo 21.- El domicilio del Consejo será en la Ciudad de México y sesionará en las instalaciones de la Secretaría, siempre que éste no acuerde una sede alterna.
Artículo reformado DOF
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Ley Para El Desarrollo De La Competitividad De La Micro, Pequeña Y Mediana Empresa (LDCMPME)
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