Ley [LDCMPME]

Articulo tercero

Ley Para El Desarrollo De La Competitividad De La Micro, Pequeña Y Mediana Empresa

TRANSITORIOS

tercero..- Dentro de los noventa días posteriores a la entrada en vigor de la , deberá instalarse el Consejo a que se refiere el Capítulo Cuarto de la misma.

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