Ley [LDEFAGN]
Artículo 36 bis de Ley De Disciplina Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 36 bis.- El Consejo Superior de Disciplina es un órgano colegiado que conocerá de la conducta de los Generales y Jefes del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional.
Artículo adicionado DOF