Ley [LEBHN]

Artículo 48 de Ley Sobre El Escudo, La Bandera Y El Himno Nacionales

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 48.- Las embajadas o consulados de México, procurarán que en conmemoraciones mexicanas de carácter solemne, sea ejecutado el Himno Nacional.

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