Ley [LFCC_200120]

Artículo 17 de Ley De Fomento A La Confianza Ciudadana

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Ley De Fomento A La Confianza Ciudadana (LFCC_200120)

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Artículo 17. Para la aplicación de las sanciones señaladas en el artículo anterior, se observará el procedimiento establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo o conforme a la ley de la materia que regule el acto.

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