Ley [LFEP]
Artículo cuarto de Ley Federal De Las Entidades Paraestatales
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Buscar artículo o término en esta ley
Ley Federal De Las Entidades Paraestatales (LFEP)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.
Artículos cercanos
Artículo cuarto.- En tanto el Ejecutivo Federal dicte las disposiciones correspondientes para que los órganos de gobierno y de vigilancia de los organismos descentralizados se ajusten a esta Ley, seguirán funcionando los órganos existentes de acuerdo con sus leyes o decretos de creación.