Ley [LFGR]

Artículo 49 de Ley De La Fiscalía General De La República

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 49. El incumplimiento de las obligaciones a que se refieren los artículos y de dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias