Ley [LFPDPPP]

Artículo 51 de Ley Federal De Protección De Datos Personales En Posesión De Los Particulares

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 51. Contra las resoluciones de la Secretaría, los particulares podrán promover juicio de amparo. Los juicios de amparo serán sustanciados por jueces y tribunales especializados en los términos del artículo de la .

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias