Ley [LFPPI]

Artículo 339 de Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial

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Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial (LFPPI)

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Artículo 339.- El escrito en que la persona titular afectada o, en su caso, la persona presunta infractora formule sus manifestaciones deberá contener:

Párrafo reformado DOF

    I- El nombre de la persona titular afectada o de la persona presunta infractora y, en su caso, de su representante legal;

Fracción reformada DOF

    II- El domicilio para oír y recibir notificaciones, y una dirección de correo electrónico;
    III- Las excepciones y defensas, en su caso;
    IV- Las manifestaciones u objeciones a cada uno de los puntos de la solicitud de declaración administrativa;
    V- Las pruebas que ofrezca, en su caso, y
    VI- Los fundamentos de derecho.
Para la presentación del escrito y el ofrecimiento de pruebas será aplicable lo dispuesto en el artículo 331 de esta Ley.
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