Ley [LFSA]
Artículo 76 de Ley Federal De Sanidad Animal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 76.- Los certificados zoosanitarios deberán de contener cuando menos los siguientes datos: nombre y domicilio del propietario o poseedor, lugar de origen, lugar de destino específico, fecha de expedición del certificado, vigencia, cantidad de la mercancía a movilizar y demás datos que se establezcan en las disposiciones de sanidad animal.