Ley [LFT]

Artículo 346 de Ley Federal Del Trabajo

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 346.- Las propinas son parte del salario de los trabajadores a que se refiere este capítulo en los términos del artículo .

Los patrones no podrán reservarse ni tener participación alguna en ellas.

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