Ley [LFT]

Artículo 375 de Ley Federal Del Trabajo

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 375.- Los sindicatos representan a sus miembros en la defensa de los derechos individuales que les correspondan, sin perjuicio del derecho de los trabajadores para obrar o intervenir directamente, cesando entonces, a petición del trabajador, la intervención del sindicato.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias