Ley [LGAAS]

Artículo 30 de Ley General De La Alimentación Adecuada Y Sostenible

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 30. El Estado establecerá las medidas necesarias para procurar el abasto suficiente y oportuno de los componentes de las canastas normativas, así como de cualquier otro alimento adecuado, sano, inocuo y nutritivo que no contradiga la canasta normativa y esté sustentado en la canasta regional.

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