Ley [LGAAS]
Artículo 71 de Ley General De La Alimentación Adecuada Y Sostenible
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 71. En cada entidad federativa se crearán Consejos Intersectoriales Estatales o de la Ciudad de México. Las decisiones de la política del sistema alimentario en las entidades federativas serán acordadas, implementadas, supervisadas y evaluadas al interior de estos Consejos. Los cargos de estos representantes serán de carácter honorífico.