Ley [LGAAS]

Artículo 85 de Ley General De La Alimentación Adecuada Y Sostenible

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Artículo 85. La Política Nacional Alimentaria deberá contar con un enfoque de derechos humanos y se basará en los principios de congruencia, consistencia y coordinación social e intergubernamental, además de aquellos establecidos en el artículo 5 de la presente Ley.

Las acciones establecidas de conformidad con los principios referidos en el párrafo anterior deberán ser adecuadas para cumplir los objetivos establecidos y avanzar en la resolución de los problemas identificados en las distintas partes del país, atendiendo a sus particularidades con un enfoque de corto, mediano y largo plazo.

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