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Artículo 88

Ley General De La Alimentación Adecuada Y Sostenible

Artículo 88. El Consejo Intersectorial Nacional establecerá, con apoyo de instituciones académicas o públicas especializadas, indicadores de impacto, resultado y proceso de las políticas alimentarias a nivel nacional y local, con el fin de detectar problemas sistemáticos o casos de éxito en la implementación de estas políticas, con base en el Plan Nacional de Desarrollo y la Estrategia Nacional de Alimentación.

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