Ley [LGAPPCEA_270516]

Articulo 4

Ley General Para La Atención Y Protección A Personas Con La Condición Del Espectro Autista

Artículo 4. Corresponde al Estado asegurar el respeto y ejercicio de los derechos que les asisten a las personas con la condición del espectro autista.

Citado por 0 leyes