Ley [LGES_200421]

Artículo noveno de Ley General De Educación Superior

Texto íntegro, referencias y ley completa.

TRANSITORIOS

noveno.. El Registro Nacional de Opciones para Educación Superior al que se refiere el artículo de este Decreto deberá estar operando a más tardar en ciento ochenta días siguientes a la entrada en vigor del mismo.

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