Ley [LGMASC]

Artículo 10 de Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias

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Artículo 10. El Consejo, se integra con las personas titulares de los Centros Públicos de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias de la Federación y de las entidades federativas, quienes podrán designar en su ausencia un representante para concurrir a las sesiones con voz y voto.

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Ley General De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias (LGMASC)

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