Ley [LGMIME]
Artículo 52 de Ley General De Los Medios De Impugnación En Materia Electoral
Texto íntegro, referencias y ley completa.
- 1Se celebrará una audiencia de conciliación, admisión y desahogo de pruebas y alegatos, dentro de los quince días hábiles siguientes al que se reciba la contestación del Instituto Nacional Electoral.