Ley [LGMIME]

Artículo 51 de Ley General De Los Medios De Impugnación En Materia Electoral

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Ley General De Los Medios De Impugnación En Materia Electoral (LGMIME)

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    1El Instituto Nacional Electoral deberá contestar dentro de los diez días hábiles siguientes al que se le notifique la presentación del escrito del promovente.
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