Ley [LGPGIR]
Artículo 124 de Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 124.- La substanciación del recurso de revisión a que se refiere el artículo anterior de , se sujetará a lo dispuesto en la , en sus preceptos aplicables.