"No hables mucho con el imprudente, no andes con el necio; apártate de él y encontrarás reposo, no tendrás que soportar sus estupideces."
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Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos (LGPGIR)

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Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos

Nueva ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de octubre de 2003. El texto fuente revisado indica última reforma publicada en el DOF el 19 de enero de 2026.

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Relación normativa

Reglamentos vinculados

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Resumen de la ley

La Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos regula la prevención de la generación, valorización, manejo integral, disposición final y remediación de residuos peligrosos, mineros, metalúrgicos, sólidos urbanos y de manejo especial. Su objeto es proteger el ambiente y la salud, promover desarrollo sustentable y distribuir competencias entre Federación, entidades federativas y municipios. También define planes de manejo, categorías de generadores, autorizaciones, importación y exportación, sitios contaminados, inspección, medidas de seguridad, infracciones, sanciones, recurso de revisión y denuncia popular.

Gestión integral de residuos. Residuos peligrosos y planes de manejo. Residuos mineros y metalúrgicos. Residuos sólidos urbanos y de manejo especial. Valorización, reciclaje y economía circular. Sitios contaminados y remediación. Autorizaciones ambientales. Inspección, medidas de seguridad y sanciones.

Lo esencial

Qué regula

  • Prevención de generación, valorización y gestión integral de residuos.
  • Residuos peligrosos, mineros, metalúrgicos, sólidos urbanos y de manejo especial.
  • Responsabilidad compartida entre productores, importadores, exportadores, comerciantes, consumidores, gestores y autoridades.
  • Planes de manejo, inventarios, diagnósticos y sistemas de información.
  • Registro y obligaciones de grandes, pequeños y microgeneradores.
  • Autorizaciones para manejo de residuos peligrosos, transporte, almacenamiento, tratamiento, importación y exportación.
  • Prevención y remediación de sitios contaminados.
  • Inspección, medidas correctivas, medidas de seguridad, infracciones y sanciones.

A quién aplica

  • Generadores de residuos peligrosos, mineros, metalúrgicos, sólidos urbanos y de manejo especial.
  • Grandes generadores, pequeños generadores y microgeneradores.
  • Gestores y empresas de servicios de manejo de residuos.
  • Productores, importadores, exportadores, distribuidores, comerciantes, consumidores y usuarios de subproductos.
  • Federación, entidades federativas y municipios.
  • Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y autoridades ambientales locales.
  • Personas, organizaciones o grupos que denuncian hechos que dañen ambiente, recursos naturales o salud.

Materias principales

  • Gestión integral de residuos.
  • Residuos peligrosos y planes de manejo.
  • Residuos mineros y metalúrgicos.
  • Residuos sólidos urbanos y de manejo especial.
  • Valorización, reciclaje y economía circular.
  • Sitios contaminados y remediación.
  • Autorizaciones ambientales.
  • Inspección, medidas de seguridad y sanciones.

Derechos principales

  • Derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.
  • Derecho a acceso público a información, educación ambiental y capacitación sobre residuos.
  • Derecho a denunciar hechos, actos u omisiones que dañen ambiente, recursos naturales o salud en materias de la ley.
  • Derecho de comunidades a prevención de riesgos por manejo de residuos y remediación de sitios contaminados.
  • Derecho a que los residuos se manejen con criterios de salud, seguridad ambiental y responsabilidad compartida.

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
  • Autoridades ambientales de entidades federativas.
  • Municipios responsables de residuos sólidos urbanos.
  • Autoridades competentes en inspección, vigilancia, medidas de seguridad y sanciones.
  • Autoridades sanitarias cuando exista riesgo a la salud.
  • Autoridades penales cuando una visita detecte posible delito.
  • Órganos de consulta y participación social en materia de residuos.

Obligaciones principales

  • Generadores deben identificar, clasificar, manejar y, cuando proceda, registrar residuos.
  • Grandes generadores deben registrarse ante la Secretaría, someter plan de manejo, llevar bitácora, presentar informe anual y contar con seguro ambiental cuando aplique.
  • Pequeños generadores deben registrarse y llevar bitácora de volumen y modalidades de manejo.
  • Microgeneradores deben registrarse ante autoridad competente y sujetarse a planes o condiciones aplicables.
  • Gestores deben contar con autorizaciones para actividades de manejo de residuos peligrosos.
  • Autoridades deben elaborar programas, inventarios, diagnósticos, sistemas de información, inspecciones y medidas de seguridad.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Registro como generador de residuos peligrosos.
  • Formulación, presentación y registro de planes de manejo.
  • Bitácoras e informes anuales de generación y manejo.
  • Solicitud de autorización para transporte, almacenamiento, tratamiento, incineración, confinamiento, importación o exportación de residuos peligrosos.
  • Transferencia, prórroga o revocación de autorizaciones.
  • Visitas de inspección y atención a medidas correctivas.
  • Remediación de sitios contaminados.
  • Recurso de revisión y denuncia popular.

Sanciones o consecuencias

  • Clausura temporal o definitiva, total o parcial.
  • Arresto administrativo hasta por treinta y seis horas.
  • Suspensión o revocación de concesiones, licencias, permisos o autorizaciones.
  • Remediación de sitios contaminados.
  • Multa equivalente de veinte a cincuenta mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de imponer la sanción, conforme al texto fuente.
  • Multas por cada día de incumplimiento si vencido el plazo subsisten infracciones.
  • Duplicación de multa y clausura definitiva por reincidencia.
  • Posible responsabilidad penal si la conducta deriva en delito.

Definiciones importantes

ConceptoExplicación sencilla
Gestión Integral de ResiduosConjunto de acciones normativas, operativas, financieras, sociales y de evaluación para manejar residuos desde generación hasta disposición final.
GeneradorPersona física o moral que produce residuos mediante procesos productivos o de consumo.
Gran GeneradorPersona que genera diez toneladas o más de residuos al año.
Plan de ManejoInstrumento para minimizar generación y maximizar valorización de residuos con responsabilidad compartida.
Residuo PeligrosoResiduo corrosivo, reactivo, explosivo, tóxico, inflamable o con agentes infecciosos, conforme a la ley.
Residuos de Manejo EspecialResiduos de procesos productivos que no son peligrosos ni sólidos urbanos, o grandes volúmenes de sólidos urbanos.
RemediaciónMedidas para eliminar o reducir contaminantes en sitios hasta niveles seguros para salud y ambiente.
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Explora a detalle

Artículos clave
ArtículoPor qué importa
1Define objeto ambiental, tipos de residuos y bases de política pública.
2Establece principios como prevención, responsabilidad compartida, valorización y acceso a información.
5Contiene definiciones técnicas esenciales.
15 a 20Regula clasificación, subclasificación y planes de manejo.
40 a 49Establece reglas y obligaciones sobre residuos peligrosos.
46 a 48Diferencia obligaciones de grandes, pequeños y microgeneradores.
50 a 53Regula autorizaciones para manejo de residuos peligrosos.
95 a 100Regula residuos sólidos urbanos y de manejo especial.
101 a 105Establece inspección y medidas de seguridad.
106 a 115Regula infracciones y sanciones.
116 a 125Prevé recurso de revisión y denuncia popular.
Mapa de temas
TemaArtículos claveDescripción
Objeto y principios1 a 4Define finalidad ambiental, utilidad pública, principios y exclusión de residuos radiactivos.
Definiciones5Contiene conceptos de gestión, generadores, residuos, valorización y remediación.
Competencias6 a 14Distribuye atribuciones entre Federación, entidades federativas y municipios.
Clasificación y programas15 a 39Regula subclasificación, programas, inventarios, información y participación social.
Residuos peligrosos40 a 94Regula manejo, generadores, autorizaciones, importación, exportación y responsabilidad.
Residuos urbanos y manejo especial95 a 100Regula competencias locales, sitios de disposición y obligaciones sobre neumáticos.
Control y seguridad101 a 105Regula inspección, requerimientos, medidas correctivas y medidas de seguridad.
Infracciones y sanciones106 a 115Define infracciones, reincidencia, clausura, multas, remediación y responsabilidad penal.
Recurso y denuncia116 a 125Prevé recurso de revisión y denuncia popular.
Plazos importantes
  • Grandes generadores de residuos peligrosos deben presentar informe anual sobre generación y modalidades de manejo.
  • Las autorizaciones se otorgan por tiempo determinado y pueden prorrogarse conforme al reglamento.
  • Al detectar infracciones, la autoridad señala plazo para cumplir medidas correctivas o de urgente aplicación.
  • Dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento del plazo para subsanar irregularidades, el infractor debe comunicar por escrito el cumplimiento de medidas ordenadas.
  • El almacenamiento de residuos peligrosos por más de seis meses sin prórroga constituye infracción.
  • La reincidencia se configura por más de una infracción al mismo precepto en un periodo de dos años.

Preguntas frecuentes

¿De qué trata la Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos?

Trata de prevención, valorización, manejo integral, disposición final, remediación, autorizaciones, inspección y sanciones sobre distintos tipos de residuos.

¿Qué tipos de residuos regula?

Regula residuos peligrosos, mineros, metalúrgicos, sólidos urbanos y de manejo especial, salvo residuos radiactivos que se rigen por ordenamientos específicos.

¿Qué obligaciones tienen los generadores de residuos peligrosos?

Deben identificar, clasificar, manejar, registrarse cuando proceda, llevar bitácoras, presentar informes, formular planes de manejo y contratar gestores autorizados según su categoría.

¿Qué sanciones puede imponer la autoridad?

Puede imponer clausura, arresto administrativo, suspensión o revocación de autorizaciones, remediación, multas y dar vista a la autoridad penal si hay delito.

¿Qué artículos conviene revisar primero?

Conviene revisar los artículos 1, 2, 5, 40 a 53, 95 a 100, 101 a 115 y 116 a 125.

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.

Índice de artículos

Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos

139 artículos disponibles en LGPGIR.

Texto íntegro
139 artículos
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LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de octubre de 2003
TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 19-01-2026

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A: