Ley [LGPGIR]
Artículo 51 de Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 51.- Las autorizaciones para el manejo integral de residuos peligrosos, podrán ser transferidas, siempre y cuando:
- Se cuente con el previo consentimiento por escrito de la Secretaría, y
- Se acredite la subsistencia de las condiciones bajo las cuales fueron otorgadas.