Ley [LGPSACDII]
Artículo 62 de Ley General De Prestación De Servicios Para La Atención, Cuidado Y Desarrollo Integral Infantil
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Ley General De Prestación De Servicios Para La Atención, Cuidado Y Desarrollo Integral Infantil (LGPSACDII)
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- Verificar el cumplimiento de los requisitos señalados por esta Ley y demás ordenamientos aplicables por parte de los prestadores de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil, y
- Informar a la autoridad responsable de la detección oportuna de cualquier riesgo para la integridad física o psicológica de niñas y niños y solicitar su oportuna actuación.