Ley [LGS]

Artículo 439 de Ley General De Salud

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Ley General De Salud (LGS)

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Artículo 439 .- El plazo para interponer el recurso será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que se hubiere notificado la resolución o acto que se recurra.

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