Ley [LGSM]

Artículo 148 de Ley General De Sociedades Mercantiles

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 148.- El Consejo de Administración podrá nombrar de entre sus miembros un delegado para la ejecución de actos concretos. A falta de designación especial, la representación corresponderá al Presidente del Consejo.

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