Ley [LGSM]
Artículo 148 de Ley General De Sociedades Mercantiles
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 148.- El Consejo de Administración podrá nombrar de entre sus miembros un delegado para la ejecución de actos concretos. A falta de designación especial, la representación corresponderá al Presidente del Consejo.