Artículo 42. En caso de ser desechada su solicitud, se dejará a salvo el derecho del Sujeto Obligado para realizar nuevamente la solicitud correspondiente.
Ley [LNETB]
Artículo 42. En caso de ser desechada su solicitud, se dejará a salvo el derecho del Sujeto Obligado para realizar nuevamente la solicitud correspondiente.
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Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos (LNETB)
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