Ley [LNETB]
Artículo 47 de Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 47. Transcurrido el plazo de consulta pública, en un término no mayor a diez días, la Autoridad de Simplificación y Digitalización emitirá un Dictamen en el que incorporará los comentarios recibidos en la consulta pública y, en su caso, podrá realizar recomendaciones para modificar la Regulación vigente.