Artículo 62

Artículo 62. La Autoridad Nacional tendrá a su cargo la emisión de la Estrategia Digital Nacional, la que incluirá los lineamientos, criterios y disposiciones para impulsar el uso, desarrollo, aprovisionamiento y aprovechamiento de las tecnologías de la información y comunicación, la infraestructura, las telecomunicaciones, la conectividad y la seguridad de la información.

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