Ley [LNETB]
Artículo 66 de Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 66. En los casos en que la persona desconozca o no cuente con CURP, el Sujeto Obligado deberá apoyar para que la obtenga de la autoridad competente, auxiliándose de la Autoridad Nacional, y en ningún caso se le podrá negar el trámite, servicio o el acceso a un beneficio.