Ley [LNSIJPA]

Artículo 59 de Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes (LNSIJPA)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Las víctimas u ofendidos por la realización de hechos señalados como delitos por las leyes penales federales y de las entidades federativas, tendrán todos los derechos reconocidos en la Constitución, el Código Nacional y demás legislación aplicable.

La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y las comisiones ejecutivas de las entidades federativas, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, proporcionarán la asistencia, ayuda, atención y reparación integral a las víctimas en términos de la Ley General de Víctimas y demás legislación aplicable.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad