Ley [LOPGJDF]
Artículo 65 de Ley Orgánica De La Procuraduría General De Justicia Del Distrito Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 65. Los resultados de los procesos de evaluación deberán ser públicos, con excepción de los datos personales y solamente para aquellos que aprueben el examen.