Ley [LOPGJDF]
Artículo 83 de Ley Orgánica De La Procuraduría General De Justicia Del Distrito Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 83. (Régimen laboral del personal). El personal que preste sus servicios en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal se regirá por las disposiciones del apartado B del artículo de la y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B del artículo , salvo las excepciones que la disposición aludida establece.