Ley [LPEAM]

Artículo 24 de Ley De Protección Del Espacio Aéreo Mexicano

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 24. Una vez interceptada la aeronave, la tripulación de la Aeronave interceptora aplicará el protocolo de Interceptación aérea de conformidad a las normas que expida la autoridad aeronáutica.

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