Artículo 102

Artículo 102.- Este Premio se tramitará ante la por conducto del correspondiente Consejo de Premiación.

El Consejo de Premiación se integrará por diez miembros, de la siguiente forma: el titular de la , el titular de la , el titular de la , un representante de cada una de las Cámaras del , el Coordinador General de Protección Civil, quien además fungirá como secretario técnico del Consejo, el Director General del Centro Nacional de Prevención de Desastres dependiente de la , y el Rector o director de cada una de las siguientes instituciones: , y Cruz Roja Mexicana.

El titular de la será el Presidente del Consejo de Premiación y tendrá voto de calidad en caso de empate.

Artículo reformado DOF

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