Artículo 51-b. Merecerán estos premios quienes, por sus producciones o trabajos docentes de investigación o de divulgación, hayan contribuido a enriquecer el acervo cultural del país o el progreso del arte o de la filosofía.
Artículo adicionado DOF
Ley [LPERC]
Artículo 51-b. Merecerán estos premios quienes, por sus producciones o trabajos docentes de investigación o de divulgación, hayan contribuido a enriquecer el acervo cultural del país o el progreso del arte o de la filosofía.
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Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles (LPERC)
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