Ley [LPTE]

Artículo 23 de Ley De Planeación Y Transición Energética

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 23.- Los instrumentos de planeación establecidos en el artículo de la , así como sus actualizaciones se deben publicar en el , previa aprobación por parte de la persona titular de la Secretaría.

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