Artículo 6.- El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría, la , la CONUEE, el , el , la , las Empresas Públicas del Estado, el Instituto Mexicano del Petróleo y el Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias, en el ámbito de sus atribuciones, deben ejercer las facultades conferidas por esta Ley.