Ley [LPTE]

Artículo 81 de Ley De Planeación Y Transición Energética

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 81.- La Secretaría, a través de la CONUEE, puede celebrar acuerdos voluntarios con personas participantes de los sectores productivos que tengan consumos significativos de energía por cada unidad de producción física, a fin de reducir la intensidad energética en sus actividades.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias