Ley [LSE]

Artículo 36 de Ley Del Sector Eléctrico

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 36.- Las Centrales Eléctricas de generación para el Mercado Eléctrico Mayorista pueden desarrollarse por el Estado, por particulares o mediante esquemas para desarrollo mixto previstos en la .

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