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Artículo 66

Ley Del Sector Eléctrico

Artículo 66.- Previo al inicio del Suministro Básico o Suministro Calificado, la Usuaria Final debe celebrar un contrato de suministro con una Suministradora. Dichos contratos deben cumplir con las condiciones generales para la prestación del Suministro Eléctrico y, en el caso del Suministro Básico, deben ser registrados ante la . El Suministro de Último Recurso se prevé en los contratos de Suministro Calificado y los contratos de Participante de Mercado que celebren los Usuarios Calificados.

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