Ley [LSE]

Artículo 64 de Ley Del Sector Eléctrico

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Ley Del Sector Eléctrico (LSE)

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Artículo 64.- Las Usuarias de Suministro Básico con Demanda Controlable pueden ofrecer su reducción de demanda y Productos Asociados a través de la Suministradora de Servicios Básicos. La Secretaría debe emitir y actualizar los modelos de contrato y metodologías de cálculo, criterios y bases para determinar y actualizar las contraprestaciones aplicables, que reflejen el valor económico que produzca a la Suministradora.

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